HCD: Sancionan Régimen de Regularización de Deudas por Tasas, Derechos, Contribución e Interés y Multas

También se sancionó la prórroga de la autorización para circular, por única vez y de manera excepcional, la autorización para circular durante el año 2021 al servicio de taxis, radio taxis y transporte escolar. Se realizó una nueva sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital, presidido por su titular, Humberto Eduardo Santillán, contando con la presencia de 10 ediles.  

[2020-12-15]

En la oportunidad, se sancionó la Ordenanza por la que se establece un Régimen de Regularización de Deudas por Tasas, Derechos, Contribución e Interés y Multas, debidas a la Municipalidad de la Capital de Santiago del Estero, al 30 de noviembre último. El vencimiento del plazo para el acogimiento al régimen operará el 28 de febrero de 2021.

La iniciativa del Departamento Ejecutivo Municipal, indica que "la misma fue confeccionada teniendo en cuenta la sensible situación económica reinante, por lo que resolvió otorgar a los vecinos, facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias por lo que aconseja contemplar lo dispuesto y adoptar medidas a fin de facilitar la regularización de las obligaciones de orden municipal".

El Régimen comprende las deudas exteriorizadas o no, exigibles al 30 de noviembre de 2020 provenientes de liquidaciones y determinaciones de las mismas, anticipo y/o pagos a cuenta, aun cuando se encuentren intimadas, bajo verificación y fiscalización o incluidas en Planes de Facilidades de Pagos anteriores, siempre que no se haya producido su caducidad.

Quedan también beneficiadas con el Régimen, las obligaciones que se encuentren en trámite de cobro, en instancias administrativas, judicial y las litigiosas, siempre que el "demandado" se allanare incondicionalmente y en su caso desista y renuncie a toda acción y derecho incluso el de repetición. El allanamiento total o desistimiento, procederá en cualquier etapa o instancia.

Es requisito esencial para acogerse a la presente moratoria, haber oblado las obligaciones exigibles al mes de acogimiento al presente Régimen, con más el pago de la primera cuota del plan de pago suscripto. La Dirección General de Rentas queda facultada para exigir garantía, en los casos que estime conveniente.

El Régimen, otorga los siguientes beneficios: en Sede Administrativa, aplicable a todas las Tasas, Derechos y Contribuciones: Pago de Contado; Condonación del 100% (cien por ciento) de los intereses resarcitorios (recargo por mora). Condonación del 100% (cien por ciento) de las multas devengadas o aplicadas cualquiera sea la naturaleza de la tasa o contribución, y estén comprendidas en las situaciones descriptas en el artículo 3º.

Con Planes de Facilidades; aplicable a Tasas de Retribución de Servicios, Retribución de Servicios en Cementerio, Inspección y Afines y Canon por Uso y Ocupación de la Vía Pública; Hasta en 24 cuotas con el descuento del 100% (cien por ciento) en el interés resarcitorio (recargo por mora) y un interés de financiación del 0,50 % (cero cincuenta por ciento) mensual directo. Hasta 36 (treinta y seis) cuotas, con el descuento del 50% (cincuenta por ciento) en el interés resarcitorio (recargo por mora), y un interés por financiación del 0,75% (cero setenta y cinco por ciento) mensual directo. Hasta 60 (sesenta) cuotas, con descuento del 25% (veinticinco por ciento) en el interés resarcitorio (recargo por mora) y un interés por financiación del 1.00% (uno por ciento) mensual directo.

En el caso que el Contribuyente, se encuentra inscripto como Proveedor del Estado, el plan de pagos a autorizar no podrá exceder de 12 (doce) cuotas y encontrarse cancelado a la fecha de renovación de la inscripción. Lo mismo, en los casos en que el Plan de Pago se suscriba para gestionar un Libre Deuda para planos, y el contribuyente sea un particular, podrá acceder a una financiación de hasta 12 (doce) cuotas.

En el caso de resto de Tasas, Derechos y Contribuciones;  Hasta 12 (doce) cuotas, con el descuento del 100% (cien por ciento) en el interés resarcitorio (recargo por mora) y un interés por financiación del 0,50% (cero cincuenta por ciento) mensual directo; Hasta 24 (veinticuatro) cuotas, con el descuento del 50% (cincuenta por ciento) en el interés resarcitorio (recargo por mora), y un interés por financiación del 0,75% (cero setenta y cinco por ciento) mensual directo; Hasta 36 (treinta y seis) cuotas, con el descuento del 25% (veinticinco por ciento) en el interés resarcitorio (recargo por mora), y un interés por financiación del 1.00% (uno por ciento), mensual directo.

Para el caso de deudas en Sede Judicial. Se prevé para el "Pago de Contado, aplicable para todas las tasas, derechos y contribuciones":  Condonación del 100% (cien por ciento) de los intereses resarcitorios (recargo por mora). Condonación del 100% (cien por ciento) de las multas devengadas o aplicadas cualquiera sea la naturaleza de la tasa o contribución, y estén comprendidas en las situaciones descriptas en el artículo 3º.

Para el caso de Planes de Facilidades del Pago, aplicable a todas las tasas, aplicable para "Retribución de Servicios, Retribución de Servicios en el Cementerio, Inspección y Afines, Canon por uso y ocupación de la vía pública (Parque Aguirre) se prevé la cancelación de deudas con planes de hasta 24 cuotas con un interés por financiación del 0,50% (cero cincuenta por ciento) mensual directo.

Será aplicable para el resto de Tasas, Derechos y Contribuciones; planes de pago de hasta 24 cuotas con un interés financiado del 0,50%. Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El vencimiento de cada cuota, se producirá el día 15 (quince) de cada mes o día hábil inmediato siguiente. Con la posibilidad de abonar hasta el último día de cada mes, en este caso con los recargos por mora correspondientes.

Se prorroga la autorización para circular

Por otra parte, el Concejo Deliberante de la Capital, sancionó la Ordenanza promovida por el Bloque del Frente Cívico por la cual "se prorroga la autorización para circular", por única vez y de manera excepcional, la autorización para circular durante el año 2021 a las unidades vehiculares modelo 2010, únicamente, que resulten afectadas al servicio de taxis y radio taxis, estableciendo la obligatoriedad de la presentación de la Revisación Técnica Vehicular de la unidad de que se trate, a los fines de su procedencia".

Se establece que "el Vencimiento de la Prórroga para circular operará hasta el 31 de diciembre del año 2021, debiendo a partir de ese momento, los prestadores que poseen unidades automotrices modelo 2010 y 2011, que sean afectadas al servicio de taxis y radio taxis, proceder a la renovación de las mismas a los fines de solicitar y/o renovar la habilitación correspondiente".

De igual manera, lo establecido también regirá para los transportes escolares que posean modelo 2010 y 2011.

Por último, se establece una financiación de hasta 6 meses para el pago de la Tasa de Uso y Ocupación de la Vía Pública, que comprenderá a todos los taxis, radio taxis y transportes escolares, podrán acceder a un plan de financiación de hasta 6 (seis) cuotas hasta el 30 de junio del 2021, para el pago del año 2020.

Declaran de Interés Municipal al "Congreso Nacional Encuentro de Pueblos"

En la ocasión, se sancionó la Ordenanza promovida por el Frente Cívico, por la cual "se declara de Interés Municipal al "Congreso Nacional Encuentro de Pueblos" en el marco del Bicentenario de la Autonomía Provincial, que se llevará a cabo el día 19 de diciembre del año 2020". Se hará entrega de copia fiel de la Ordenanza al Presidente de la Asociación Civil Centro                    Integral de Capacitaciones Santiago del Estero, Iván Matías González.

El evento se desarrollará el día 19 de diciembre y está destinado a docentes y directivos de niveles inicial, primario, secundario y superior; alumnos avanzados de carreras de formación docente, nivel superior y universitario y público en general. El mismo se desarrollará por plataforma virtual http://www.eduacionvirtualsgo.com.ar/.

El fundamento de dicho Congreso radica en el proceso de formación de la Nación Argentina basado en la unidad historia del Norte, el cual reposa en la tradición histórica, en el medio geográfico, la semejanza étnica y la evolución moral conjunta que confluye en la identidad histórica del NOA.

Entre los objetivos particulares se destacan los de proyectar compartir y elaborar experiencias representativas, históricas, folclóricas religiosas y artesanales de los pueblos del interior y/o región que forman parte de este proceso autonómico, como así también el conocer y comprender el proceso histórico del noroeste argentino y de Santiago del Estero desde los primitivos pobladores hasta fines del siglo XIX.

El encuentro, contará con la presencia de Licenciados y Profesores disertantes de nuestra provincia y de provincias vecinas como San Luis, La Rioja y Tucumán.

Deportistas Distinguidos

Por otra parte, el cuerpo de ediles capitalinos, en la penúltima sesión ordinaria del presente año legislativo, sancionaron la Ordenanza por la que el bloque del Frente Cívico "otorga la distinción de "Deportista Distinguido" al Señor Mario Salvador Acuña por haber sobresalido en su ocupación y profesión deportiva en la comunidad capitalina y de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza N° 4803/13. Se hará entrega de copia fiel del reconocimiento.

También se sancionó la Ordenanza por la cual se "otorga la distinción de "Deportista Distinguido" al Señor Claudio Fabián Ibarra por haber sobresalido en su ocupación y profesión deportiva en la comunidad capitalina y de conformidad a lo dispuesto por la Ordenanza N° 4803/13. Se hará entrega de copia fiel de la presente Ordenanza a la persona distinguida.

Por último, se sancionó la Resolución por la cual "se solicita al DEM que, a través del área             correspondiente, proceda al estudio de factibilidad técnica y presupuestaria para la realización de diversos trabajos en la plazoleta existente en calle El Vinal del barrio Los Flores: Instalación de juegos infantiles; Instalación de aparatos para la práctica de gimnasia al aire libre; y Reparación y/o reposición de artefactos lumínicos.

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