HCD: Moratoria Municipal ? Se estableció un nuevo término de exigibilidad para acceder al beneficio

Sin mayores disonancias, en un clima de convivencia y disenso constructivo, se desarrolló la sesión ordinaria del deliberativo municipal. En efecto, se concretó la Sesión Ordinaria 29, del actual período parlamentario del H. Concejo Deliberante de la Capital, presidido por su titular, Humberto Eduardo Santillán, contando con la presencia de 11 ediles. Se sancionó, a instancias de una iniciativa del Departamento Ejecutivo Municipal, una modificatoria a la Ordenanza de Moratoria N° 5863/2020 (Régimen de Regularización de Deudas y Planes de Pago), estableciendo el 31 de Agosto 2021, como fecha de cierre de la deuda de tasas exigible, que será abarcada por la moratoria o plan de pago.                    

[2021-10-07]

En la oportunidad, concretó el acto de entrega de placa y copia de Ordenanza por la que el cuerpo deliberativo "felicita a la Filial Santiago del Estero de la Cruz Roja Argentina" por el centenario de su fundación, destacando especialmente su contribución voluntaria en la promoción de la salud de los santiagueños durante la pandemia. (Ver aparte)

Asimismo, se reservó, se trató sobre tablas y se sancionó, por unanimidad, a instancias del Frente Cívico, la Ordenanza por la que "se declara de Interés Municipal, la celebración del 30º Aniversario de la Creación del Programa Radial "Voces de Mi Tierra" que se transmite por FM Exclusiva y sus 14 repetidoras, el próximo 06 de octubre de 2.021. Se entregará copia de Ordenanza al locutor, Gustavo Lastra.

En lo atinente al Orden del Día, se sancionaron sendos despachos de comisión, por unanimidad, a saber;

Moratoria Municipal ? Nuevo término de exigibilidad para acceder al beneficio

Para acceder a la Moratoria Municipal ? que por Decreto del DEM se extendió hasta el 30 de noviembre próximo-, se requería al vecino el pago efectivo de las tasas de los meses que no estaban comprendidos en la deuda exigible. La fecha de corte para la moratoria y/o plan de pago, era el mes de noviembre de 2020. Ahora, con esta modificatoria, el vecino podrá acogerse al beneficio de la moratoria o plan de pago, abonando los meses de septiembre y octubre, que es muy distinto a pagar 10 meses juntos.

En efecto, los ediles capitalinos, a instancias de una iniciativa del Departamento Ejecutivo Municipal sancionaron la Ordenanza por la que "se deja sin efecto el Artículo 11° de la Ordenanza N° 5863/2020".

Por su Art. 2º "se modifica el Artículo 3° de la Ordenanza N° 5863/2020 que queda redactado de la siguiente manera:                                

"Art. 3°. EL REGIMEN comprende las deudas exteriorizadas o no, exigibles al 31 DE AGOSTO DE 2021 (antes Noviembre de 2020) provenientes de liquidaciones y determinaciones de las mismas, anticipo y/o pagos a cuenta, aun cuando se encuentren intimadas, bajo verificación y fiscalización o incluidas en Planes de Facilidades de Pagos anteriores, siempre que no se haya producido su caducidad".

ART. 3º . El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente Ordenanza.

ART. 4º . Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Boletín Municipal, regístrese y archívese.-

En los fundamentos, se señala que "la misma fue confeccionada teniendo en cuenta que el Departamento Ejecutivo Municipal, atento a la situación económica reinante producto de la emergencia sanitaria mundial, y que ha afectado sensiblemente a la actividad económica en general, ha resuelto dejar sin efecto el Artículo 11º de la Ordenanza 5863/20 y modificar el Artículo 3º de la misma, a los fines de darles la posibilidad a los vecinos de acogerse a un plan de facilidades de pago para el Régimen de Regularización de Deudas y Planes de Pago, como así también de acogerse a la Moratoria Vigente con deudas exteriorizadas o no, exigibles al 31 de agosto de 2021, liquidando su deuda hasta el último día del mes que se suscriban al plan".     

Subraya que "se estima que normas que conceden dichos beneficios, redundan en una mayor recaudación que podrán ser volcados a la ejecución de obras que la comunidad reclama".

Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas "Sí a la vida"

Se sancionó la Ordenanza, por la que "se declara de Interés Municipal la Campaña Nacional de Concientización Vial Estrellas Amarillas "Sí a la vida", impulsada por la Red Argentina Familiares y Amigos de Víctimas de Accidentes de Tránsito y la Fundación "Laura Cristina Ambrosio Battistel", que tiene como objetivo contribuir a dar mayor visibilidad a la profunda endemia social que atraviesa nuestro país en materia de siniestralidad vial".

Se indica en el Art. 2 que "la presente Ordenanza regula el permiso para uso del espacio público, solicitado por familiar directo de víctimas de siniestros viales, ocurridos en el ejido municipal, con motivo de pintar sobre la calle, estrellas amarillas en alusión a aquellas víctimas fallecidas en siniestros viales, sucedidos hasta 5 (cinco) años con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Ordenanza".

Se especifica en el Art. 3 que "a los efectos de la presente Ordenanza se entenderá por: Familiar Directo: Aquellas personas familiares de la victima de accidente de tránsito, en el siguiente grado de parentesco: ascendientes y descendientes hasta segundo grado de parentesco; parientes colaterales (hermanos bilaterales y/o unilaterales), parientes por afinidad en primer grado de parentesco. Quedan incluidas las personas que hayan mantenido unión convivencial con la víctima".

Asimismo, se define que "siniestro Vial: es todo acontecimiento súbito y violento producido por o con motivo de la circulación en la vía pública y del que resulta la muerte de la/las personas físicas que intervienen en el mismo".

Puntualiza la norma que "las estrellas deberán contar con las siguientes características: Ser de color amarilla; Contar con cinco puntas; Completar como mínimo un diámetro de ochenta centímetros; Utilizar un tipo de pintura de fuerte adherencia, o alternativa de larga duración".

En los considerandos se señala que "el tránsito constituye un ámbito de nuestras vidas cotidianas, donde por el hecho de compartirlo con los demás, implica que existan ciertas normas de tránsito las cuales debemos acatar para minimizar los riesgos de accidentes".

Advierte el autor que "a pesar de los esfuerzos realizados en distintos ámbitos gubernamentales, tanto a nivel nacional, provincial y municipal, se siguen presenciando accidentes de tránsito".

Agrega que "según los datos aportados por la Dirección Nacional del Observatorio Vial hasta fines del año 2020 se registraron en la Argentina, en promedio, siete muertes por día como consecuencia de accidentes de tránsito".

Subraya que "la finalidad de la campaña Estrellas Amarillas es concientizar a la población de las numerosas muertes por hechos de tránsito que se producen diariamente en ciudades, rutas y caminos de nuestro país".

Señala que "la misma no solo se trata de una mera connotación simbólica, sino que contribuye a dar mayor visibilidad a los lugares críticos donde se da mayor índice de siniestralidad vial".

Concluye el autor señalando que "la estrella amarilla representa la prevención, concientización, advertencia y recuerdo. El proyecto, ya fue implementado en las ciudades de Río Ceballos (Córdoba), Salto (Buenos Aires), San Carlos de Bariloche (Río Negro), entre otros".

Visita a la ciudad de Santiago del Estero del "Manto Sagrado de la Santísima Virgen de Nuestra Señora del Valle"

Con igual trámite, sin mayor debate, se sancionó la Ordenanza por la que "se declara de Interés Municipal y Social la visita a la ciudad de Santiago del Estero del "Manto Sagrado de la Santísima Virgen de Nuestra Señora del Valle", que se lleva a cabo desde el día 3 de septiembre y hasta el 15 de octubre del corriente año; ello de conformidad a las disposiciones de la Ordenanza N° 4.803/13". Se hará entrega de copia fiel de la presente Ordenanza a los miembros de la Comunidad de la Gruta de calle 4 y Pasaje 233 del barrio John Kennedy.

 En los fundamentos de la Ordenanza se indica que "gracias a las gestiones realizadas por la Comunidad de la Gruta de Calle 4 y Pasaje 233 del barrio John Kennedy, desde el día 03 de septiembre y hasta mediados del mes de octubre del año en curso, visita la ciudad de Santiago del Estero, uno de los once Mantos Sagrados de la Virgen "Nuestra Señora del Valle" de la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca".

Se indica que "hasta el momento se han llevado a cabo distintas celebraciones en honor a la Santísima Virgen en comunidades católicas en diversos barrios de la ciudad, las cuales continuarán hasta la fecha de regreso de la Indumentaria Sagrada al Santuario en la vecina ciudad".

Puntualiza que "cabe hacer una pequeña reseña sobre la vestimenta de la imagen de la Santísima Virgen: actualmente la Sagrada Imagen es revestida con ropa de tela, siguiendo la tradición española: con vestido blanco y manto celeste. El cambio de traje a la Madre representa una verdadera ceremonia que generalmente se realiza antes de iniciar sus fiestas: dos veces al año. En primer lugar, el cuerpo de la Sagrada Imagen es recubierto de algodón, el que se sujeta con cintas que van moldeando y protegiendo la figura, luego se coloca el vestido y el manto, el cual se sujeta en su cabecita y es fijado lateralmente al vestido con alfileres".

Subraya el autor que "el 29 de noviembre de 2.008, por primera vez, se hizo pública la ceremonia de Cambio de Manto de la Santísima Virgen, la misma se realizó en el Camarín y fue transmitida por los medios locales, quienes tuvieron la posibilidad de presenciarlo de cerca, y cientos de fieles pudieron acompañar el momento en el interior de la Catedral a través de una pantalla gigante".

Concluye que "la ciudad de Santiago del Estero hoy se ve honrada y bendecida con la visita de uno de los Mantos Sagrados de la Santísima Virgen, quien es venerada por innumerables santiagueños que año tras año peregrinan a su encuentro en la vecina ciudad".

Resoluciones

Por dos Resoluciones, se solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través del área pertinente, proceda al estudio de factibilidad técnica y presupuestaria para: 1) Realizar el mantenimiento e iluminación de calle 203 y 5º pasaje del barrio Huaico Hondo. 2) Realizar la demarcación de bici sendas en Avda. Diego Maradona en toda su extensión.

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