Resolución de Juez de Faltas Municipal
Resolvió prohibir toda actividad de persona en la vía pública que implique la exhibición de su cuerpo
diciembre 15, 2011
Debido a las diversas publicaciones realizadas en los medios de comunicación con respecto a las exhibiciones obscenas de personas en la vía pública el Juez de Faltas municipal, Dr. Marcelo Agüero anunció la resolución que se adoptó en torno a este tema.
La misma hace referencia a esta situación y se encuentra comprendida en la infracción a los Arts. 92 y 93 del Código de Faltas Municipal ya que su actitud se encuentra reñida con las pautas morales, cuando pueden significar incitación a cometer actos.
En este aspecto la Fiscal del Tribunal se ha expedido en el sentido que “toda sociedad requiere de normal que faciliten la convivencia de no ser así, la vida entre varias personas con distintas características, intereses, ideas, es difícil de llevar especialmente cuando se debe respetar los derechos, deberes y libertades que cada uno tiene por igual”.
En lo que hace al procedimiento habrá de tenerse en cuenta que no se trata de una actividad que se cumpla en un local o con mercadería u otros elementos que puedan ser objetos de decomiso o secuestro, sino que es la persona como tal que comete el acto antijurídico y por lo tanto cualquier tipo de procedimiento implica actuación hacia esa persona.
Ante esta situación, el Juez de Faltas municipal, resolvió Prohibir toda actividad de persona o grupo de personas en la vía pública, que implique la exhibición de su cuerpo, en actitudes en violación a lo dispuesto por los Arts. 92 y 93 del CFM, esta prohibición comprende la exhibición de partes íntimas en forma descubierta o semi descubierta o senos descubiertos o torsos desnudos.
La resolución indica también que a los fines del procedimiento se procederá a intimar a las personas en infracción a identificarse con la exhibición del DNI y en caso de negativa podrán ser trasladados a la dependencia policial que corresponda al solo efecto de su correcta identificación no pudiendo quedar detenidos salvo que incurrieran en delitos de competencia de la Justicia de Crimen.
Una vez identificados se procederá a la confección del acta de infracción correspondiente, remitiendo las actuaciones al Juzgado de Faltas a sus efectos, facultándose a la Policía de la Provincia en conjunto con la Dirección de Calidad de Vida municipal para la ejecución de los expresado anteriormente.

